Auto Supremo AS/0078/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2018

Fecha: 29-Mar-2018

Por tal razón se aplica también el Decreto Supremo 110 para el pago de desahucio

El Juez de instancia valoró la prueba presentada por la demandante, determinando que cumplió funciones desde el enero de 2002 hasta junio de 2016, al no tener mayores elementos de convicción que prueben que trabajó con anterioridad a la fecha señalada. La Ley 321 se encontraba vigente para su cumplimiento; es decir, que los trabajadores de los Gobiernos Autónomos Municipales asalariados permanentes, al ser contratados en funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativos, se incorporan automáticamente a la Ley General del Trabajo y sus normas complementarias.
Por tal razón se aplica también el Decreto Supremo 110 para el pago de desahucio e indemnización, porque se evidencia que la demandante fue despedida de manera intempestiva en las labores que desempeñaba y que son propias de las actividades del Gobierno Autónomo Municipal