Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0093/2018-I
Fecha: 07-Mar-2018
I.2 Auto de Vista
I.2 Auto de Vista
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Distrito: La Paz
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Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
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CONSIDERANDO I
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I.2 Auto de Vista
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Dicha sentencia fue recurrida en apelación por ambas partes (fs
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El mencionado Auto de Vista originó que ambas partes formulen los recursos de casación cursantes
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Refirió que corresponde que se le pague conforme al finiquito de liquidación elaborado por la
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Señaló que los de instancia desconocieron que las normas de la Ley General de Trabajo
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Concluyó solicitando que case la resolución impugnada y se declare probada la demanda, disponiendo el
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CONSIDERANDO II
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Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos, se evidencia que los mismos fueron
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Que, interpuestos los recursos de casación, es necesario precisar, que la abundante doctrina y jurisprudencia
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Asimismo, cabe recordar que conforme al art
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Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que los recursos de casación propuestos,
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En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que las
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Por lo señalado, corresponde resolver los recursos de casación interpuestos conforme a la disposición legal
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese y notifíquese.
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