Todas estas previsiones legales hacen que este Tribunal llegue a la conclusión de que los
Asumiendo que el origen de la presente controversia procesal es una excepción, este instituto está regulado en el art. 338 y siguientes del CPC, norma procesal que refiere: “Toda cuestión accesoria con el objeto principal del litigio y no sometida a un procedimiento especializado, se tramitará en la vía incidental”. Respecto a los mecanismos de impugnación dispuestos contra la decisión judicial que resuelve un incidente, taxativamente el art. 344 del CPC, no prevé la posibilidad de interponer contra el auto de vista que resolviere un incidente, recurso de casación, previsión legal que en concordancia con el art. 270 del mismo cuerpo legal, en la última parte de su parágrafo I refiere: “y en los casos expresamente señalados por Ley”.
Todas estas previsiones legales hacen que este Tribunal llegue a la conclusión de que los autos de vista que resolvieran incidentes, dentro un proceso contencioso tributario, no pueden ser impugnados vía recurso de casación, en mérito a que un incidente en esencia no pone fin a un proceso, consiguientemente, la decisión judicial con la que se resuelve un incidente es un auto interlocutorio y no un auto definitivo o una sentencia
Todas estas previsiones legales hacen que este Tribunal llegue a la conclusión de que los autos de vista que resolvieran incidentes, dentro un proceso contencioso tributario, no pueden ser impugnados vía recurso de casación, en mérito a que un incidente en esencia no pone fin a un proceso, consiguientemente, la decisión judicial con la que se resuelve un incidente es un auto interlocutorio y no un auto definitivo o una sentencia
- VISTOS EN SALA: En mérito a los memoriales de fs
- SESIGA BUHOS SA, por escrito de fs
- El Auto de Vista, motivó que, la administración tributaria formule recurso de casación, cursante de
- II. CONSIDERACIONES LEGALES
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la ley 719, dispuso que el Código Procesal Civil
- Respecto a la excepción de incompetencia, corresponde señalar que conforme orienta la doctrina y la
- A decir de Palacio, las excepciones previas o dilatorias, “Son aquellas oposiciones que, en caso
- Si la excepción de incompetencia se declara probada, la apelación debe concederse en el efecto
- Si la finalidad primordial de las excepciones previas es atacar el procedimiento, no la cuestión
- Un auto definitivo y una sentencia se asemejan en cuanto a su alcance porque ambas
- Se debe aclarar que el Auto de Vista impugnado vía casación confirma plenamente el Auto
- Al ser el recurso de casación o nulidad, un medio extraordinario de impugnación, que se
- La razón por la cual se considera a la casación como un medio extraordinario de
- Todas estas previsiones legales hacen que este Tribunal llegue a la conclusión de que los
- Un razonamiento contrario a lo manifestado, es decir el permitir que un auto interlocutorio pudiera
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se llama severamente la atención a los señores vocales de Sala en Materia de Trabajo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
