Auto Supremo AS/0118/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2018-RI

Fecha: 07-Mar-2018

En ese antecedente, se tiene que la presente causa se ha iniciado dentro la vigencia

En ese antecedente, se tiene que la presente causa se ha iniciado dentro la vigencia plena del Código Procesal Civil, empero el Auto de Vista al momento de conceder el recurso de casación no consideró las normativas contenidas en el art. 274.II num. 2) con relación al art. 113.II del Código Procesal Civil, (...), ya que conforme se desarrolló contra una resolución que disponga la improponibilidad de la demanda, la apelación solo será concedida en el efecto suspensivo sin recurso ulterior”. (Las negrillas y cursiva nos corresponden.)