Auto Supremo AS/0126/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2018

Fecha: 15-Mar-2018

En lo pertinente a la denuncia de que la ilicitud se inicia con el trámite

En lo pertinente a la denuncia de que la ilicitud se inicia con el trámite de declaratoria de herederos y la venta del total del inmueble el Auto de fecha 24 de diciembre del 2012, resulta ser una resolución de declaratoria de herederos (17 vta., a 19), a favor de Fernando Martin Fernández Plaza, sobre la sucesión de su madre Virginia Plaza Cortez, no advirtiéndose ilicitud alguna; pues el derecho de la sucesión hereditaria se encuentra garantizado por el art. 56.III de la Constitución Política del Estado, con referencia a la venta realizada sobre el 100% se dirá que la transferencia efectuada en la Escritura Publica Nº 195/2013 es por una superficie de 154.40 mts2, haciendo referencia que el comprador cede 19.08 mts.2 para servidumbre de paso, deduciendo que la venta es de una fracción y no del total del inmueble como manifiesta la recurrente