Auto Supremo AS/0128/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2018-RA

Fecha: 12-Mar-2018

Con relación al tercer motivo, se manifiesta que el Auto de Vista no habría realizado


Con relación al tercer motivo, se manifiesta que el Auto de Vista no habría realizado la labor de revisión sobre la valoración de la prueba realizada por el Tribunal de Sentencia, contrariando a los fundamentos expuestos en el recurso de apelación restringida sobre las pruebas observadas que guardarían relación con la concreción del tipo penal, lo que no fuera corregido por el Tribunal de alzada, vulnerando sus derechos fundamentales. Empero, del análisis de los fundamentos del motivo expuesto, si bien se denuncia que el Tribunal de alzada no hubiera corregido el agravio respecto a la errónea valoración de la prueba, el recurrente no invoca ningún precedente en el argumento de su motivo, no estableciéndose en consecuencia la concurrencia de la contradicción del Auto de Vista con algún precedente posible a los fines del art. 417 del CPP; por lo que no habiendo cumplido con la carga procesal, resulta ser improcedente poder considerar el fondo del motivo venido en casación