Auto Supremo AS/0128/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2018

Fecha: 15-Mar-2018

Por otra parte, con relación al hecho de que esté en otro régimen de

Por otra parte, con relación al hecho de que esté en otro régimen de comercio como establece la Ley 2235 de 31 de julio de 2001, donde se excluye a las empresas a estar registradas, empero según informe de FUNDEMPRESA claramente señala que está inscrita en el Registro de Comercio tal cual detalla la literal cursante a fs. 476 y el régimen que describe la referida Ley del Diálogo Nacional en su art.4 señala que la personería jurídica y tarjeta empresarial otorga el Gobierno Municipal, distinto al caso de FANAGOM que cuenta con matrícula de registro de comercio