Auto Supremo AS/0154/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

Por otro lado, en el mismo motivo primero de apelación, también reclamó la falta de


Por otro lado, en el mismo motivo primero de apelación, también reclamó la falta de aplicación de los arts. 8 con relación al 146 del CP, porque el Tribunal de mérito habría señalado que si exigió el pago de $us. 500.- (quinientos dólares estadounidenses) a $us. 1.000.- (mil dólares estadounidenses), pero que no habían sido cancelados por negativa de las víctimas, frustrando la comisión del delito; razón por la que el recurrente habría referido que la conducta de la acusada se subsume al tipo penal de Uso Indebido de Influencias en grado de Tentativa, aspecto que el Tribunal de alzada no había resuelto. Con relación a esta afirmación, tal como se dijo en el párrafo anterior el Tribunal de alzada, sustentó que la decisión del Tribunal de Sentencia para desestimar el delito de Uso Indebido de Influencias, tiene su argumento en el hecho de que dichos cobros no los hizo en calidad de funcionaria pública, sino que dichos cobros fueron realizados como dirigente de la agrupación NAC, con el fin de que los integrantes de esa agrupación cumplan con el compromiso de restituir los gastos de la campaña, extremo que se acreditó como un fin lícito, argumento del cual se tiene como respuesta al motivo planteado siendo que dicha afirmación; por un lado, da respuesta a los extrañado; y por otro, de manera fundada afirma que la Sentencia actuó de manera correcta al entender que no se configuraron los elementos constitutivos del tipo penal aludido por lo que mucho menos podía configurarse el grado de tentativa establecido en el art. 8 del CP, por lo que dicha denuncia carece de mérito