Actividad procesal defectuosa respecto a la limitación de ejercicio de la defensa técnica, en el
Actividad procesal defectuosa respecto a la limitación de ejercicio de la defensa técnica, en el impedimento de realizar actos tales como presentar testigos y otro tipo de actividad probatoria, situación en la que el Tribunal de alzada convalidó la actividad procesal defectuosa. Inobservancia del art. 114 respecto a los arts. 9, 1, 5, 8, 13, 84, 92-95 y 100 del CPP, con el argumento que el defensor hubo sido recientemente contratado en vísperas a la apertura de debates de juicio oral y no contó con el tiempo necesario para preparar defensa, pese a que éste solicitó la suspensión de la audiencia. El Tribunal de apelación, consideró que el imputado generó su propia indefensión, atentando de esa manera principios y garantías constitucionales y el debido proceso en alusión a los arts. 115, 116.I, 119.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), disposiciones legales que están referidas a los derechos que el imputado goza constitucionalmente, y que en perspectiva del recurso han sido vulneradas
- Por memorial presentado el 17 de mayo de 2017, de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia de 4 de octubre de 2010 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Francisco Copaña Quispe, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.2. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 592/2017-RA de 14 de agosto
- Actividad procesal defectuosa respecto a la limitación de ejercicio de la defensa técnica, en el
- II.1. Actos previos a la apertura de Juicio Oral
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- II.3. Del recurso de apelación restringida
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- II.4. Del Auto de Vista de 26 de abril de 2017
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- Este Tribunal flexibilizando los requisitos para abrir su competencia, admitió la denuncia de vulneración de
- III.1.1. Debido Proceso y Derecho a la Defensa en el Procedimiento Penal Boliviano
- Por el debido proceso toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas tendientes a asegurar
- En materia penal el derecho a la defensa, tiene como fin la preservación de un
- Ahora bien, cumplida la designación de un defensor y en la expectativa de que éste
- Sobre el primer aspecto, a efectos de ponderación deberá tenerse presente, la gravedad del delito,
- En lo que es la facilitación de los medios adecuados para preparar la defensa, la
- Bolivia a través del art
- El consenso en la doctrina y la jurisprudencia, es amplio en torno a los supuestos
- La defensa técnica no sólo se limita al conocimiento del abogado sobre la norma, sino
- En ese orden de ideas, el imputado no podrá alegar vulneración al derecho a la
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Esa situación procesal extraordinaria ligada a la naturaleza del objeto casacional delimitado en el Auto
- Ya en materia, el 8 de abril de 2010 se dictó auto de apertura de
- De la relación anterior, se concluye que la notificación de 5 de agosto de 2010
- El 4 de octubre de 2010, fue iniciado el juicio oral, con la presencia de
- En lo demás el Acta de audiencia de Juicio Oral, da cuenta que el acto
- Debe tenerse presente, que los actos procesales que precedieron la audiencia de juicio oral fueron
- En similar perspectiva se halla el ejercicio de la defensa técnica; por cuanto, sin entrar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
