A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia
A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia de la presente resolución y mandamiento a expedirse, otorgándosele el plazo de diez días, más los de la distancia, para que asuma defensa, con cuyo resultado se remitirán obrados en Vista Fiscal, ante la Fiscalía General de Estado para que se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud de extradición una vez formalizada
- AUTO SUPREMO:8/2018
- FECHA:Sucre, 26 de abril de 2018
- EXPEDIENTE:01/2018
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Dirección Departamental de Interpol – La Paz contra Raúl Enrique Portugal
- MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición a la
- En ese contexto, respecto a la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, el
- En ese contexto, la petición cumple los requisitos formales previstos por los arts
- Finalmente, se evidencia que el delito por el que es perseguido, constituye también delito en
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en
- En ejecución del presente fallo, ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- La autoridad judicial comisionada, o del lugar donde sea aprehendido el solicitado, deberá informar en
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- Similar certificación deberá solicitarse al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) del Consejo de la
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, para que, por su
- Sala Plena
