POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 38.2 de la Ley Nº 025 (Ley del Órgano Judicial) y en aplicación del art. 20 del Tratado de Extradición suscrito el 22 de agosto de 2013 entre Argentina y Bolivia, ordena la DETENCIÓN PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICIÓN del ciudadano boliviano RAÚL ENRIQUE PORTUGAL USQUIANO, nacido el 3 de enero de 1984, en Guanay, con cédula de identidad boliviana 6303504 Santa Cruz, hijo de Nelson Portugal y Lourdes Usquiano, con domicilio ubicado en el Barrio 24 de septiembre, Calle 24 de septiembre Nº 38, Santa Cruz
- AUTO SUPREMO:8/2018
- FECHA:Sucre, 26 de abril de 2018
- EXPEDIENTE:01/2018
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Dirección Departamental de Interpol – La Paz contra Raúl Enrique Portugal
- MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición a la
- En ese contexto, respecto a la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, el
- En ese contexto, la petición cumple los requisitos formales previstos por los arts
- Finalmente, se evidencia que el delito por el que es perseguido, constituye también delito en
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en
- En ejecución del presente fallo, ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- La autoridad judicial comisionada, o del lugar donde sea aprehendido el solicitado, deberá informar en
- A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia
- Similar certificación deberá solicitarse al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) del Consejo de la
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, para que, por su
- Sala Plena
