Auto Supremo AS/0140/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2018

Fecha: 02-Abr-2018

Finalmente señala como normas transgredidas y mal aplicadas, los arts

Finalmente señala como normas transgredidas y mal aplicadas, los arts. 45, 67 y 180 de la CPE; art. 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social, art. 5.d) del D.S. N° 27066 de 6 de junio de 2003; art. 9 del D.S. 27991 de 28 de enero de 2006; art. 14 del D.S. N° 27543 de 31 de mayo de 2004; arts. 23 y 27 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición; punto 2.5. del Instructivo para la Calificación de Renta Única en curso de Adquisición; art. 4.c) del D.S. N° 26189 de 18 de mayo de 2001, Ley N° 2197 de 9 de mayo de 2001, modificatorio del art. 57.III de la Ley N° 1732; art. 1 de la R.M. N° 1361 de 4 de diciembre de 1997,; art. 8 del D.S. 23215, en concordancia con los arts. 42 y 43 de la Ley N° 1178 y; Ley N° 004 de 31 de marzo de 2010