En el caso en concreto, el recurrente no ha cumplido estos requisitos de contenido y
En el caso en concreto, el recurrente no ha cumplido estos requisitos de contenido y no señala cuales serían esas pruebas idóneas que demuestren que la actora no tiene derecho al pago de un doble aguinaldo por el incumplimiento del pago del mismo en el plazo establecido por ley, o cual es el error de hecho o derecho en la valoración y apreciación de la prueba por el Juez de Instancia y el Tribunal de Apelación, por cuanto el recurrente solo se limitó a indicar en el recurso interpuesto, que la prueba producida por él en el desarrollo del proceso consistente en las declaraciones testificales de cargo y descargo de los ciudadanos María De los Ángeles Castro Choque, Mayra Andrea Mayorga Calle y Trinidad Herrera Espindola, son contundentes al establecer que su persona no hacia firmar planillas al momento de los pagos que realizaba a sus trabajadores, sin existir otro argumento técnico jurídico que justifique su reclamo, no resultando suficiente al caso, la enunciación de los arts. 158 y 169 del Código Procesal del Trabajo, sin establecer en que consiste la indebida apreciación de la prueba; olvidando que la casación (sea de forma o de fondo), una vez más se asemeja a una demanda nueva “de puro derecho”, en la que no solo debe identificarse las normas vulneradas, sino, explicarse en que consiste la infracción, violación, falsedad o error en la interpretación y/o aplicación de las mismas
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Sentencia
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Jenny Janeth Martínez
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, la empresa demandada Pollos “Don Víctor” representada legalmente
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1
- Contestado el recurso de casación por la actora Jenny Janeth Martínez; precisa que los argumentos
- 2
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que CASE el Auto de Vista recurrido
- La parte demandada no contestó el recurso interpuesto por la actora
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- La Constitución Política del Estado, en el art
- Así la SC N° 0902/2010-R de 10 de agosto, efectuó el siguiente entendimiento en relación
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- El principio de inmediación vinculado a la libre apreciación y valoración de la prueba en
- Con base a lo anotado, podemos establecer que la actividad probatoria y su valoración, es
- Mientras que en el recurso de casación, no se observa el principio de inmediación en
- De las causales de casación
- El art
- De la legitimación para interponer el recurso de casación
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En primer término, debemos establecer, que el recurso de casación, conforme se tiene anotado en
- No obstante de ello, como toda regla tiene su excepción, el art
- En el caso en concreto, el recurrente no ha cumplido estos requisitos de contenido y
- A más de ello, debemos establecer que la empresa recurrente, al momento de contestar la
- Conforme a los antecedentes del proceso, corresponde establecer que, tanto la demanda como la respuesta
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en los
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
