I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda de Ejecución de Laudo Arbitral interpuesta por José Ariel Mauricio Aguilar Aguilar y Cristhian Alberto Gutiérrez Martínez en representación legal de la Corporación Minera de Bolivia “COMIBOL”, Auto Definitivo de fecha 06 de junio de 2017 pronunciado por la Juez Publico Civil y Comercial Nº 28 del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, por el cual se declina competencia a la Sala Especializada de Turno en Materia Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, lo obrado en el proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda de Ejecución de Laudo Arbitral interpuesta por José Ariel Mauricio Aguilar Aguilar y Cristhian Alberto Gutiérrez Martínez en representación legal de la Corporación Minera de Bolivia “COMIBOL”, Auto Definitivo de fecha 06 de junio de 2017 pronunciado por la Juez Publico Civil y Comercial Nº 28 del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, por el cual se declina competencia a la Sala Especializada de Turno en Materia Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, lo obrado en el proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Demandante: Corporación Minera de Bolivia “COMIBOL”
- Materia: Ejecución de Laudo Arbitral
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Demanda
- La Corporación Minera de Bolivia “COMIBOL” representada legalmente por José Ariel Mauricio Aguilar Aguilar y
- Auto de Declinatoria de Competencia
- Interpuesta la demanda cursante a fs
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El art
- A su vez el art
- En el caso de autos, se observa que la Juez Publico Civil y Comercial Nº
- Es más, se observa que la referida autoridad judicial, utilizó un argumento inidóneo para fundamentar
- En mérito a los antecedentes procesales expuestos y a la normativa especial citada que rige
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
