Auto Supremo AS/0166/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0166/2018

Fecha: 12-Abr-2018

Por lo tanto, en el caso presente, realizando una interpretación teleológica y aun gramatical del

Por lo tanto, en el caso presente, realizando una interpretación teleológica y aun gramatical del art. 1 del D.S. Nº 110 de 1° de mayo de 2009, podemos establecer que para el legislador, resulta indiferente que el trabajador sea despedido de manera intempestiva o renuncie de manera voluntaria al trabajo que cumplía, ya que la interpretación gramatical establece ello, cuando indica “presentada su renuncia voluntaria”, entendida esta como una renuncia escrita, verbal o a través de una medida de hecho que demuestre su intención manifiesta de no continuar con la relación laboral, y aun si nos vamos a la interpretación teleológica de la norma, veremos que la finalidad de la misma es asegurar el pago del beneficio de indemnización como un derecho adquirido, no importando la forma de desvinculación del trabajador o la forma de su comunicación en el caso del retiro voluntario