Auto Supremo AS/0210/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2018-RI

Fecha: 04-Abr-2018

De la revisión del recurso de casación, se observa que los demandantes, ahora recurrentes, en

De la revisión del recurso de casación, se observa que los demandantes, ahora recurrentes, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan:
a) Que su demanda se encuentra sustentada y amparada en el art. 520 del Código Civil en relación al art. 614 num. 2) del mismo código, ya que habrían demandado que Cornelia Aranibar López cumpla con las obligaciones inherentes al contrato de venta a fin de que se les haga adquirir la propiedad del inmueble; aspectos que no estaban previstos en las cláusulas contractuales en forma explícita, pero debería entenderse que son parte de la ejecución de buena fe del contrato y por tanto serían obligaciones del vendedor que nacen de la relación contractual asumida. Sin embargo, el Tribunal de alzada se habría apartado del razonamiento de dicha norma, asumiendo una decisión basada solo en las obligaciones expresamente señaladas en el contrato, sin considerar que las obligaciones de las partes también alcanzarían aquellas que por imperio de la ley, usos y costumbres, corresponderían ser asumidas en el marco de una ejecución basada en la buena fe