En atención al primer motivo del recurso de casación, el Auto de Vista impugnado, no
En los motivos primero, segundo, tercero y cuarto expuestos por la recurrente, se advierte la denuncia de vulneración del debido proceso en su componente del deber de fundamentación y motivación de las resoluciones de conformidad a lo previsto por los arts. 115.I de la CPE y 124 del CPP, en el entendido que el Auto de Vista recurrido no se encuentra debidamente fundamentado y motivado.
En atención al primer motivo del recurso de casación, el Auto de Vista impugnado, no se encuentra debidamente fundamentado y motivado, siendo que anula la Sentencia, con el infundado argumento de que ésta última resolución, no establecería una clara relación circunstanciada de los hechos, que no se cumplirían con las circunstancias de tiempo y lugar. Cuando en los hechos sería lo contrario y no como infundadamente refirió el Auto de Vista impugnado. Invocando en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos 288/2013 de 8 de octubre y 287/2013-RRC de 4 de noviembre, que a consideración del recurrente, el Auto de Vista impugnado contraviene con los fundamentos de las referidas Resoluciones, siendo que se anuló la Sentencia por el sesgado fundamento que no existiría precisión en el tiempo o fecha de la comisión del tipo penal de Despojo
- Por memorial presentado el 11 de enero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 4)Que la Resolución recurrida, refiere de forma contradictoria: “que la parte querellante formuló su solicitud
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Aclarando que se tomó en cuenta la fecha de 4 de enero de 2018, en
- En atención al primer motivo del recurso de casación, el Auto de Vista impugnado, no
- En cuanto a este primer agravio se tiene el cumplimiento de los requisitos establecidos en
- En referencia a los motivos segundo, tercero y cuarto del recurso de casación, el recurrente
- Por otra parte, también se advierte que el recurrente denuncia la vulneración al debido proceso
- En referencia al quinto motivo del recurso de casación, el recurrente arguye que fue vulnerado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
