Auto Supremo AS/0269/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2018-RA

Fecha: 27-Abr-2018

En referencia al quinto motivo del recurso de casación, el recurrente arguye que fue vulnerado


En referencia al quinto motivo del recurso de casación, el recurrente arguye que fue vulnerado el derecho del acceso a la justicia establecido en el art. 121 núm. 2) de la CPE, al emitirse el Auto de Vista impugnado, no habiéndose considerado las respuestas a la apelación restringida del contrario; se advierte que el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, menos señaló en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente que debió ser invocado. No obstante de ello, ante la denuncia de una restricción a sus derechos y la probable existencia de defectos absolutos, acudiendo a los presupuestos de flexibilidad, se observa que el recurrente cumplió con la tarea de proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso como es el planteamiento de este motivo, disgregando el agravio contenido en el mismo y la falta de respuestas que obtuvo del Tribunal de alzada; también precisó los derechos supuestamente vulnerados como es el derecho del acceso a la justicia; detalló con precisión en qué consiste esta restricción señalando que el Auto de Vista impugnado no se pronunció las respuestas a la apelación restringida del contrario, negando efectivizar la tutela impetrada a sus derechos, y, explicó el resultado dañoso emergente del defecto, al indicar que al rechazar sus agravios no resolvió sus respuestas a la apelación restringida del contrario; razones por las que al haber dado cumplimiento a los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal el presente motivo resulta viable para su consideración en el fondo