Auto Supremo AS/0282/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2018-RA

Fecha: 18-Abr-2018

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6. Refiere que el razonamiento del Tribunal de alzada de que sería legítimo admitir como valido el plano de fs. 7, se constituiría en un criterio fuera de ley, pues no se podría sostener que por el hecho de que las pruebas tengan que valorarse en su contexto y unas con otras, resultaría legítimo admitir dicha prueba como válida, máxime cuando el art. 145.I del Código Procesal Civil, si bien facultaría al juez a valorar las pruebas empero también facultaría a señalar cuales fueron desestimadas, por lo que al no entrar el plano citado en ninguna de las categorías de los arts. 1287 y 1297 del Código Civil, no acreditaría que el recurrente haya vendido el terreno a los demandantes