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    Auto Supremo AS/0292/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0292/2018

    Fecha: 26-Abr-2018

    En aplicación del art

    En aplicación del art. 17.IV de la Ley Nº 025 remítase antecedentes al Consejo de la Magistratura
    • Partes: Rene Callejas Monje. c/ Celia Villca Zarate de Catari y Otro
    • Distrito: Oruro
    • CONSIDERANDO I
    • Resolución que fue recurrida de apelación por Castro Santos Ramos y Celia Villca Zarate de
    • Contra la referida resolución Rene Callejas Monje interpuso recurso de casación de fs
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • Solicitando anular el Auto de Vista y disponiendo que se emita nueva resolución ingresando al
    • No existe respuesta al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • II
    • Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
    • Del análisis de su recurso de casación se desprende que todos sus fundamentos están abocados
    • Tomando en cuenta que todos los reclamos se encuentran vinculados a observar la nulidad dispuesta
    • Partiendo del citado antecedente, es menester tomar en cuenta que conforme a lo delineado en
    • Partiendo de lo anotado, se puede concluir que el Tribunal segunda instancia al anular la
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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