Auto Supremo AS/0208/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2018

Fecha: 07-May-2018

En el análisis del caso, corresponde establecer si los argumentos expuestos por la actora en

En el análisis del caso, corresponde establecer si los argumentos expuestos por la actora en el recurso de casación, son evidentes, en merito a ello, se tiene lo siguiente:
En el caso en concreto, se acusa una supuesta falta y errónea apreciación de la prueba, cuando la recurrente indica que los testigos de descargo que hubieran depuesto en el desarrollo del proceso, fueron testigos enseñados -se entiende por los demandados-, para ser favorecidos por ellos; además indica que bajo un principio de inmediación, el juez de instancia hubiera podido observar que los testigos de descargo hubieran demostrado nerviosismo y contradicción en sus relatos y fueron evasivos en sus respuestas; por lo cual los testigos de descargo, no resultan ser creíbles y no demuestran la realidad de los hechos demandados; asimismo se alega una falta de valoración de la audiencia de confesión provocada, por cuanto al no haber asistido a ese acto los demandados, se tiene a los mismos por confesos, conforme establece el art. 166 del CPT, aspecto que tampoco fue valorado en sentencia.
En este supuesto, cuando se acusa la falta y errónea apreciación de las pruebas, no basta con relacionarlas, sino es necesario explicar, de manera precisa, frente a cada una de ellas, qué es lo que en verdad acreditan o viceversa; de qué manera incidió su falta de valoración en la decisión, lo que permite a la Sala establecer la magnitud de la omisión, que debe ser ostensible y trascendente, so pena de no lograr el objetivo de destruir la presunción de acierto y legalidad que ampara a la resolución que es objeto del recurso de casación