Por otra parte, la vigencia del derecho a la impugnación de las resoluciones judiciales se
Por otra parte, la vigencia del derecho a la impugnación de las resoluciones judiciales se reata también a la interpretación que de la norma procesal llegue a realizar la autoridad jurisdiccional; lectura que en materia penal, siguiendo la orientación teleológica del Código de Procedimiento Penal, debe ser atendida a partir del principio pro hómine; empero, en ninguno de los casos, el derecho de impugnación de las resoluciones judiciales, asume condiciones que no sean reguladas por la propia norma, dicho de otro modo, la garantía se satisface con la existencia del mecanismo de impugnación y se materializa con la lectura garantista que en pos de los fines del recurso y precautelando los derechos y garantías de las partes llegue a hacer la autoridad judicial, pero en ningún caso deja de la actividad recursiva al libre arbitrio de las partes, pues no es suficiente que asista el derecho a recurrir, sino que las partes deberán cumplir con las exigencias o requisitos que establece la norma adjetiva y ante su incumplimiento o impertinencia, corresponderá declarar la inadmisibilidad del mismo, sin que ello implique una negación o vulneración del derecho a recurrir
- Por memorial presentado el 28 de junio de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 009/2017 de 16 de febrero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora COTAP Ltda
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 742/2017-RA de 25 de septiembre,
- El Auto de Vista impugnado, es contradictorio al Auto Supremo 268/2012 de 24 de octubre; por
- El vicio aludido consiste en que el Juez, sólo tuvo presente y puso en conocimiento
- El 17 de marzo de 2017, por memorial, cursante de fs
- El Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, a través de
- Aquellas actuaciones fueron notificadas a Mercedes Luz López Vila (fs
- A partir del informe depuesto por la Secretaria Abogada del Juzgado Primero de Sentencia, en
- Por memorial de 3 de abril de 2017, Mercedes Luz López Vila, presenta memorial bajo
- Aquel memorial es decretado el 5 de abril de 2017, por el Juez de origen,
- El 4 de abril de 2017 (fs
- Finalmente el 7 de abril de 2017, se procedió a la notificación de Percy Milo
- El 1 de junio de 2017 la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
- Emitida la Sentencia 009/2017 de 16 de febrero y notificada que fue ésta, COTAP Ltda
- Superada tal audiencia, el 1 de junio de 2017, se pronunció la Resolución que dio
- El derecho a la impugnación de las resoluciones judiciales que asiste a los sujetos procesales
- Por otra parte, la vigencia del derecho a la impugnación de las resoluciones judiciales se
- c
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
