Auto Supremo AS/0319/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al


Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la Sentencia condenatoria, evidentemente la imputada Janneth Wendy Díaz Santander formuló recurso de apelación restringida donde acusó la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva inc. 1) del art. 370 del CPP; alegando, que la Sentencia habría inobservado la norma sustantiva y también la norma adjetiva penal al haber inobservado los arts. 173 y 363 del CPP, pues las pruebas no serían suficientes para determinar una sentencia condenatoria, que el libro de novedades no había sido ofrecido como prueba de cargo. Añadiendo en otro apartado de su recurso, que la Sentencia alegó que el Cabo Juan Chambi Mollericona, no cumplió con el registro de novedades en su condición de comandante de guardia y que su persona no le habría controlado, aspectos que considera contradictorios, ya que: i) En audiencia la defensa habría hecho conocer que en GISUQ, es otra la función de la encargada de grupo y otra la función del comandante de guardia; y, ii) que su persona no era comandante de guardia, menos capitán de servicio; sino, encargada de control de sustancias químicas; es decir, que en cumplimiento de sus funciones se dirigió con el personal dependiente del GISUQ, en funciones totalmente secretas para poder captar transporte de sustancias químicas, entonces ni tenía obligación de controlar al comandante de guardia, que en esa oportunidad el comandante de guardia fue aprehendido por personal de inteligencia, que había sido secuestrado el libro de novedades que no fue ofrecido por el fiscal, que considera, importante para determinar responsabilidad