Auto Supremo AS/0334/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

En cuanto a la vulneración de los arts


En cuanto a la vulneración de los arts. 124 y 173 del CPP y la existencia de defectos absolutos en el marco de los incs. 3) y 4) del art. 169 de la misma norma procesal, con base al reclamo de una posible fundamentación limitada a la relación de documentos aportados como pruebas por la parte acusadora, debe considerarse, que bajo el paraguas de las competencias delegadas a los tribunales de apelación por la norma y los razonamientos que sobre ésta la jurisprudencia ha sentado (en la que se hallan justamente la doctrina legal de los AASS 724 de 26 de noviembre de 2004 y 349 de 28 de agosto de 2006) es evidente que por respeto al principio de inmediación la valoración de pruebas en apelación restringida está vedada, siendo que el análisis en esta etapa se circunscribe al control de la legalidad de los razonamientos contenidos en sentencia. Este marco procesal, fue justamente en el que el Auto de Vista 009 de 24 de julio de 2017, emitió criterio, sin entrar en la consideración –positiva o negativa- de las pruebas a partir de la emisión de criterios de hecho y derecho, con la confrontación de los argumentos del recurso y la sentencia apelada, razón por la que la transgresión de los arts. 124 y 173 del CPP, por parte del Fallo impugnado no es evidente