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    Auto Supremo AS/0340/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0340/2018-RRC

    Fecha: 18-May-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 16 de agosto de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 23/2016 de 17 de agosto (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Renato Cortez Miranda (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 873/2017-RA de 3
    • El recurrente señala que el Auto de Vista contradice la Doctrina Legal contenida en el
    • También, denunció error in procedendo, al señalar que respecto a las pruebas literales, durante el
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista 13/2017 de 25 de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 873/2017-RA de 3 de noviembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • II.1. De la Sentencia
    • 1)El hecho acusado existió y ocurrió; toda vez, que el acusado Renato Cortez Miranda al
    • 2)Habiendo inducido ya en error a la víctima, la disposición patrimonial de $us
    • 4)El imputado despliega todo un argumento de grave peligro de pérdida patrimonial de la víctima
    • 5)Se concluye la existencia innegable del dolo por parte del imputado y no de una
    • 6)En cuanto a la actitud posterior del imputado que voluntariamente devuelve una parte del dinero,
    • 7)De la subsunción realizada conforme las pruebas aportadas y valoradas en su conjunto de acuerdo
    • II.2.Del recurso de apelación restringida
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Renato Cortez Miranda interpuso recurso de apelación restringida, arguyendo
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emite el Auto de
    • 2)Si bien el recurrente sostiene que la víctima le entregó el dinero para otorgar en
    • 3)El recurrente, al sostener una defectuosa valoración de la prueba sostiene que no existe prueba
    • 5)En lo referente a la pena, se permite indicar que no se habría tomado en
    • 6)En el proceso de introducción de pruebas las partes intervienen de modo directo, en observación
    • 7)Al declarar infundado el incidente de actividad procesal defectuosa, el Tribunal de mérito ha obrado
    • III.1.De la errónea aplicación de ley sustantiva
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Al respecto y de la revisión de antecedentes, se constata que bajo el numeral “2
    • Por su parte, el Tribunal de alzada en el acápite “Errónea aplicación de la Ley
    • Ya abordando el defecto de Sentencia denunciado -370 inc
    • Si bien el recurrente sostiene que la víctima entregó el dinero para otorgar en préstamo
    • Ahora bien, de lo descrito es posible determinar que la denuncia del imputado carece de
    • Por consiguiente, al resultar que lo denunciado en casación en cuanto al error in iudicando
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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