II.1. De la Sentencia
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 23/2016 de 17 de agosto (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Renato Cortez Miranda (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 873/2017-RA de 3
- El recurrente señala que el Auto de Vista contradice la Doctrina Legal contenida en el
- También, denunció error in procedendo, al señalar que respecto a las pruebas literales, durante el
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista 13/2017 de 25 de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 873/2017-RA de 3 de noviembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- 1)El hecho acusado existió y ocurrió; toda vez, que el acusado Renato Cortez Miranda al
- 2)Habiendo inducido ya en error a la víctima, la disposición patrimonial de $us
- 4)El imputado despliega todo un argumento de grave peligro de pérdida patrimonial de la víctima
- 5)Se concluye la existencia innegable del dolo por parte del imputado y no de una
- 6)En cuanto a la actitud posterior del imputado que voluntariamente devuelve una parte del dinero,
- 7)De la subsunción realizada conforme las pruebas aportadas y valoradas en su conjunto de acuerdo
- II.2.Del recurso de apelación restringida
- Contra la referida Sentencia, el imputado Renato Cortez Miranda interpuso recurso de apelación restringida, arguyendo
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- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emite el Auto de
- 2)Si bien el recurrente sostiene que la víctima le entregó el dinero para otorgar en
- 3)El recurrente, al sostener una defectuosa valoración de la prueba sostiene que no existe prueba
- 5)En lo referente a la pena, se permite indicar que no se habría tomado en
- 6)En el proceso de introducción de pruebas las partes intervienen de modo directo, en observación
- 7)Al declarar infundado el incidente de actividad procesal defectuosa, el Tribunal de mérito ha obrado
- III.1.De la errónea aplicación de ley sustantiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- Al respecto y de la revisión de antecedentes, se constata que bajo el numeral “2
- Por su parte, el Tribunal de alzada en el acápite “Errónea aplicación de la Ley
- Ya abordando el defecto de Sentencia denunciado -370 inc
- Si bien el recurrente sostiene que la víctima entregó el dinero para otorgar en préstamo
- Ahora bien, de lo descrito es posible determinar que la denuncia del imputado carece de
- Por consiguiente, al resultar que lo denunciado en casación en cuanto al error in iudicando
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
