Auto Supremo AS/0344/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

Con relación a la debida fundamentación de los fallos judiciales, el recurrente refiere que, el


Haciendo alusión a los Autos Supremos 152 de 2 de febrero de 2007 y 411 de 20 de octubre de 2006; agrega que, el Tribunal de alzada vulneró el principio de legalidad y el derecho al debido proceso, constituyendo defectos absolutos, que al implicar inobservancia o violación de derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados internacionales vigentes, no son susceptibles de convalidación, asegurando que se habría violado el art. 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE) el inc. e) del numeral 3 del art. 14 del Pacto Internacional de los “Derechos Civiles” y el inc. f), numeral 2, art. 8 de la “Convención Americana Sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica”, además de vulnerarse el art. 124 del CPP.

Con relación a la debida fundamentación de los fallos judiciales, el recurrente refiere que, el Tribunal Constitucional se manifestó a través de la SC 0012/2002-R de 09 de enero, invocando como precedentes contradictorios en el otrosí segundo, los Autos Supremos 291/2015-RRC-L de 15 de junio, 53/2006, 308/2006 de 25 de agosto, 60/07 de 27 de enero de 2007, 237/08 de 17 de octubre de 2008 y 496 de 22 de diciembre de 2009 y la Sentencia Constitucional 2842/2010-R de 10 de diciembre