Auto Supremo AS/0017/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2018

Fecha: 08-Jun-2018

Asimismo es menester precisar también que, si la Sentencia cuestionada se encuentra ejecutoriada, se debe


Asimismo es menester precisar también que, si la Sentencia cuestionada se encuentra ejecutoriada, se debe a la inacción de los ahora recurrentes que no hicieron uso de su derecho a la apelación, mucho menos interpusieron recurso de casación, paradójicamente invocan en su recurso el art. 370 incs. 1), 3), 5), 6), 8) y 11) del CPP referido a los defectos de la sentencia habilitantes para la interposición de un recurso de apelación restringida, cuando se ha dejado en claro que el recurso de revisión de sentencia condenatoria no es una instancia más del procedimiento ordinario, ni sirve para suplir la negligencia de las partes a tiempo de interponer los mecanismos intraprocesales franqueados por la ley para hacer valer sus derechos, por el contrario, quien pretende la revisión extraordinaria de una Sentencia condenatoria firme, debe inexcusablemente cumplir con los requisitos formales y sustanciales previstos en las normas señaladas, los cuales no fueron cumplidos por los recurrentes en el caso concreto, lo que motiva que este Tribunal Supremo declare inadmisible el Recurso planteado, por no existir mérito para su sustanciación