Auto Supremo AS/0182/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2018

Fecha: 27-Jun-2018

Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
1.- En relación a que mediante las pruebas testificales y confesión provocada se estableció que la demandada trabajó 2 años, además que no se aplicó el art. 166 del CPT debiendo darse por cierto el cuestionario sobre la renuncia voluntaria y el dinero entregado a la demandante de Bs. 41.576 por anticipo de beneficios sociales y no así de deuda civil; el Auto de Vista de manera cierta refirió que los testigos señalaron que la actora trabajó aproximadamente 2 años sin establecer fechas de inicio y conclusión y que le pagaron sus derechos, pero esta afirmación debió ser demostrada necesariamente mediante documentación que acredite el pago, “…ni los testigos mencionan haber visto directamente a la demandante recibir el pago…”; entonces se puede comprender que si no existe certeza del tiempo laboral desarrollado por la demandante no puede otorgarse el valor que se exige, toda vez que los testigos suponen que fue dos años sin haber precisado fechas y sobre los pagos NO vieron la entrega a la demandante; ante tal carencia de certeza no puede darse por válido sin el soporte de otra prueba contundente que demuestre lo afirmado por el recurrente