Auto Supremo AS/0267/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Este razonamiento, fue bien entendido por el por Tribunal de Alzada y bajo estos parámetros

Este razonamiento, fue bien entendido por el por Tribunal de Alzada y bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en la forma y en el fondo formulado por la institución demandada, carece de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, corresponde resolver en el marco de las disposición legal contenida en el Art. 220.II del Código Procesal Civil (CPC), aplicable por la norma remisiva contenida en el Art. 252 del CPT, en observancia a la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 439