Auto Supremo AS/0267/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Expuestos así los hechos, conforme consta en el Informe Legal de referencia, y con base

Expuestos así los hechos, conforme consta en el Informe Legal de referencia, y con base en la normativa aplicable, consta en obrados la suspensión de actividades por festividad institucional –autorizada por sus máximas autoridades– a partir de horas 10:00, por lo que las agresiones verbales y físicas suscitadas entre las trabajadoras de la institución se suscitaron fuera del horario habitual de trabajo, en una actividad no inherente al servicio que prestaba la ahora demandante; en consecuencia, resulta incoherente pretender aplicar la sanción de pérdida del derecho a los beneficios sociales aduciendo la existencia de causales para el despido justificado, por lo que al no existir causal de despido que así lo amerite, corresponde el pago de los beneficios que le asisten a la trabajadora por el tiempo de servicios prestados a favor del SEDECA, 4 años, 1 mes y 7 días conforme consta en obrados