Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación incurrió en
Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación incurrió en infracción legal del art. 11 de la Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar, por lo que, corresponde dar aplicación del art. 220.IV) del CPC; aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el indicado Auto de Vista, Inés Flores Villanueva, interpone recurso de casación, alegando
- Agrega también que fue objeto de malos tratos por parte de su empleadora
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “El trabajo asalariado del hogar, está sujeto a la siguiente jornada de trabajo
- En el caso presente, la demandante acusó que su condición de trabajadora del hogar
- Asimismo, en el periodo probatorio, ofreció las testificales que fueron absueltas a fs
- Por su parte, la demandada, se limitó a una respuesta en la que de manera
- Asimismo, en el período de prueba no aportó elemento de prueba alguno que desvirtúe lo
- En el marco de la facticidad expuesta, la conclusión del Tribunal de Apelación en sentido
- Más aún, tal conclusión no consulta con la previsión legal contenida en los arts
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación incurrió en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
