Por su parte, la demandada, se limitó a una respuesta en la que de manera
Por su parte, la demandada, se limitó a una respuesta en la que de manera general rechaza “cada una de las acusaciones vertidas por la demandante”, protestando cancelar los “CORRECTOS BENEFICIOS SOCIALES”, sin mayores fundamentos respecto al ítem específico de las horas extraordinarias, incumpliendo la previsión legal contenida en el art. 137 del Código Procesal del Trabajo “El demandado, al contestar a la demanda, expresará cuáles hechos admite como ciertos y cuáles rechaza o niega, explicando las razones de su negativa y consignando los hechos y motivos o excepciones en que apoya su defensa”
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el indicado Auto de Vista, Inés Flores Villanueva, interpone recurso de casación, alegando
- Agrega también que fue objeto de malos tratos por parte de su empleadora
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “El trabajo asalariado del hogar, está sujeto a la siguiente jornada de trabajo
- En el caso presente, la demandante acusó que su condición de trabajadora del hogar
- Asimismo, en el periodo probatorio, ofreció las testificales que fueron absueltas a fs
- Por su parte, la demandada, se limitó a una respuesta en la que de manera
- Asimismo, en el período de prueba no aportó elemento de prueba alguno que desvirtúe lo
- En el marco de la facticidad expuesta, la conclusión del Tribunal de Apelación en sentido
- Más aún, tal conclusión no consulta con la previsión legal contenida en los arts
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que el Tribunal de Apelación incurrió en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
