Auto Supremo AS/0356/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Por otra parte, si bien en el contenido del Auto de Vista recurrido que conforme ya se señaló, resulta completamente diferente al observado por la parte recurrente, el Tribunal de alzada hace mención a pruebas testificales y documentales aclarando que habían sido valorados por el Juez de mérito, se advierte que dicho fundamento, no constituye revalorización de prueba; toda vez, que no dio nuevo valor a ninguna prueba, no estableció ni tiene como probado un hecho nuevo que no hubiere sido probado en Sentencia, ni modificó la situación jurídica de los imputados; sino que, se limitó a confirmar la Sentencia; en consecuencia, el Auto de Vista recurrido no resulta contrario al precedente invocado; puesto que, a tiempo de resolver el recurso de apelación formulado por los recurrentes, no incurrió en revalorización de ninguna prueba, ni estableció hechos nuevos; además, que en ninguna de sus partes señaló lo que los recurrentes reclaman que hubiere señalado, por lo que el presente recurso deviene en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Mario Velásquez Álvarez y Aida Posada Torrez