Auto Supremo AS/0356/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Que con respecto a la valoración de la prueba existe línea jurisprudencial consolidada por resoluciones


Que con respecto a la valoración de la prueba existe línea jurisprudencial consolidada por resoluciones emitidas con anterioridad, una de ellas, es el Auto Supremo Nº 317 Sucre 13 de junio de 2003 que estableció: "(...) de acuerdo a la nueva concepción doctrinaria, la apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o la sentencia; no siendo el medio jerárquico para revalorizar la prueba o revisar las cuestiones de hecho que hacen los Jueces o Tribunales inferiores, sino para garantizar los derechos y garantías constitucionales, los Tratados Internacionales, el debido proceso y la correcta aplicación de la Ley. Por ello no existe la doble instancia y el Tribunal de alzada se encuentra obligado a ajustar su actividad jurisdiccional a los siguientes aspectos: anular total o parcialmente la sentencia y ordenará la reposición del juicio por otro Juez o Tribunal, cuando no sea posible reparar directamente la inobservancia de la ley o su errónea aplicación; cuando la nulidad sea parcial, se indicará el objeto concreto del nuevo juicio; y cuando sea evidente que para dictar una nueva sentencia no es necesario la realización de un nuevo juicio, resolverá directamente" (Las negrillas nos corresponden)