Auto Supremo AS/0390/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

“El art


Este principio hace referencia a la obligación que tiene el Tribunal de apelación, de circunscribir su fallo a las circunstancias alegadas en un determinado recurso, sin que pueda omitir la consideración de algún agravio planteado y tampoco le está permitido desbordar la propuesta jurídica realizada por el impugnante, este principio se halla expresamente previsto por el art. 398 del CPP, que dispone que los tribunales de alzada circunscribirán sus fallos a los aspectos cuestionados de la resolución. Al respecto por Auto Supremo 164/2016-RRC de 21 de abril, en su acápite III.1 refiriéndonos al principio de limitación y formas de incongruencia, se señaló:

“El art. 180.I de la CPE, entre sus principios rectores en los que fundamenta la jurisdicción ordinaria, establece la legalidad, en virtud de la cual los actos de toda autoridad que ejerce jurisdicción en nombre del Estado, se hallan sometidos a la Constitución, Leyes y Tratados Internacionales