Auto Supremo AS/0399/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Ahora bien, contrastando los antecedentes de la Resolución impugnada con el precedente invocado, se advierte


Ahora bien, contrastando los antecedentes de la Resolución impugnada con el precedente invocado, se advierte que el Auto de Vista 265/2017 y su Auto complementario, no son contrarios a la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 507/2007, invocado como precedente contradictorio, en lo que respecta a la fundamentación de las circunstancias consideradas como atenuantes o agravantes a tiempo de imponer la pena, por el delito previsto por el art. 309 de nuestra norma sustantiva penal; puesto que, el Tribunal de alzada prevenido de que la conducta del imputado se adecúa al ilícito de Estupro y no al de Violación de Niño, Niña o Adolescente –por cuanto en su conducta no existió violencia o intimidación, sino actos de enamoramiento y acceso carnal voluntario, con la víctima a la edad de 14 años-, dictó Sentencia por el delito previsto y sancionado por el art. 309 del CP, con las potestades conferidas en los últimos párrafos de los arts. 413 y 414 del CPP