Auto Supremo AS/0412/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Bajo el acápite “DE LA FIJACIÓN DE LA PENA”, mencionó que fue ilegalmente condenado a


II.3. Del recurso de apelación restringida.

Bajo el acápite “DE LA FIJACIÓN DE LA PENA”, mencionó que fue ilegalmente condenado a la pena privativa de libertad de 3 años y 6 meses, negándole la posibilidad de acceder a la suspensión condicional de la pena, como si fuera delincuente habitual y con amplio prontuario criminal, sin familia ni otros aspectos que pudieran atenuar su pena y desarrollando el contenido del art. 37 y 38 del CP; manifiesta que en el caso de autos, la víctima, su esposo David Baez Mora y la testigo Silvia Eugenia Bellido Arce fueron imputados por el mismo fiscal asignado a su caso, por los delitos de Robo Agravado y Abigeato, que a raíz del referido caso estuvieron detenidos, por lo que sería de conocimiento público que la familia de la acusada entró a la cárcel; aspecto que, no habría sido considerado por el Tribunal de Sentencia, quien interrumpía a su abogado en todas las intervenciones en las que pretendía hablar del tema; aspecto que, hubiera dado lugar a no considerar los antecedentes de la víctima, pues éstos harían increíble la versión de un delincuente. Concluye señalando que no se actuó en justicia a momento de imponerle la pena de 3 años y 6 meses de condena, pues el delito acusado contemplaría una pena de 1 a 5 años; empero, en el caso de autos no se habría considerado los aspectos que refirió, por lo que solicitó que el Tribunal de apelación considerare bajar la pena, imponiendo la mínima conforme los parámetros establecidos en los arts. 37 y 38 del CP