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    Auto Supremo AS/0414/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0414/2018-RRC

    Fecha: 11-Jun-2018

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    • Por memorial presentado el 9 de octubre de 2017, cursante de fs
    • Por Sentencia 29/2017 de 12 de junio (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marcos Sergio Quispe (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 116/2018-RA de 12 de marzo,
    • El recurrente refiere que en el presente caso, existe la necesidad de la admisibilidad del
    • Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional “1855/2003-R”
    • Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 208/2016-R de
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 116/2018-RA de 12 de marzo, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 29/2017 de 12 de junio, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • De los productos que recogía, el imputado luego de vender a un determinado precio, debía
    • Desde el 2014 hasta el mes de abril de 2015, el imputado sacaba productos pero
    • Contra la señalada Sentencia el imputado Marcos Sergio Quispe, interpuso apelación restringida arguyendo en síntesis
    • El Juez de instancia no valoró los depósitos bancarios y recibos ofrecidos como PD-2 el
    • El Juez de la causa ha obrado de forma ultrapetita; puesto que, el hecho que
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dictó el Auto de
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • La cuestión y el efecto de la doctrina legal a ser sentada por este Tribunal
    • En cuanto, al precedente contradictorio exigido como requisito procesal de cumplimiento obligatorio a momento de
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. El Debido proceso y el derecho a recurrir
    • Uno de los elementos constitutivos del debido proceso es el derecho a recurrir de los
    • A lo expresado debe añadirse que la Constitución Política del Estado, proclama los principios constitucionales
    • El principio pro actione, que a la luz de la presente problemática, está directamente vinculado
    • Esta Sala Penal, en torno a la norma constitucional contenida en el art
    • Bajo este entendimiento, el derecho de impugnación si bien está reconocido constitucionalmente, está desarrollado por
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III
    • En el presente caso, por lo señalado en alzada y puntualizado mediante Auto Supremo 116/2018-RA
    • Como precedente contradictorio, invocó el Auto Supremo 496/2016 de 1 de julio, dictado dentro del
    • Analizado el precedente, corresponde contrastarlo con el Auto de Vista impugnado, con la finalidad de
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • III.3.2.En cuanto a la denuncia de inadmisibilidad del recurso de apelación restringida
    • Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada, vulneró su derecho al debido proceso en
    • De la revisión de antecedentes, se advierte que Marcos Sergio Quispe a tiempo de fundamentar
    • Posterior a ello, cursa a fs
    • Ahora bien, de lo expuesto líneas precedentes se advierte que el Tribunal de alzada previo
    • En definitiva, la decisión asumida por el Tribunal de alzada de declarar el rechazo del
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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