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    Auto Supremo AS/0440/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0440/2018-RRC

    Fecha: 25-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 203/2018-RA de 21 de marzo, se
    • Haciendo alusión a la Sentencia emitida en el presente caso, la recurrente señala que existió
    • I.1.3. Petitorio
    • El recurrente solicita se de curso a su recurso de casación en base a los
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Estafa, se
    • Que, habiendo realizado la deliberación y votación por parte del Tribunal de Sentencia compuesto por
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra dicha Sentencia Elizabeth Mirabal interpuso apelación restringida bajo los siguientes argumentos
    • También, señala que la Sentencia incurrió en una incorrecta fundamentación, defecto previsto por el art
    • Finalmente, refiere que la Sentencia incurrió en defectuosa valoración de la prueba porque los hechos
    • Con relación al segundo motivo en el que se denuncia el defecto comprendido en el
    • En el recurso de casación plateado por la impetrante, denunció que el Auto de Vista
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Respecto de la denuncia realizada por la parte recurrente es preciso evidenciar si existió contradicción
    • Autos Supremos 43 de 27 de enero de 2007
    • Auto Supremo 241 de 1 de agosto de 2005
    • Por otro lado, también hace mención a la doctrina legal del Auto Supremo 319 de
    • Por lo señalado precedentemente el Tribunal Supremo cuando advierte que en el proceso se han
    • De la doctrina señalada se verifica que la misma emerge del análisis de la comisión
    • Autos Supremos 316 de 28 de agosto de 2006
    • El derecho penal moderno, además del principio de legalidad, se rige por los principios de
    • El principio de legalidad, determina que no hay delito sin tipo penal previo, ya que
    • Sin embargo no todas las conductas van a constituir un delito, sino únicamente aquellas que
    • En Autos, la imprecisión del tipo, no reside en el medio empleado, si no en
    • Auto Supremo 67 de 27 de enero de 2006
    • Con relación, a lo manifestado por el Tribunal de alzada al momento de dar una
    • Como se tiene dicho precedentemente, en el caso de autos la voluntad previa del recurrente
    • Consiguientemente, la línea divisoria entre el dolo penal y el dolo civil en los delitos
    • De lo expuesto precedentemente, se establece que en el caso de autos no concurre contradicción
    • De ahí que, el Tribunal de alzada no incurrió en la denuncia realizada por la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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