Auto Supremo AS/0440/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2018-RRC

Fecha: 25-Jun-2018

Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Estafa, se


Por Sentencia 13/2017 de 4 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Elizabeth Mirabal, autora de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más cien días multa a razón de Bs.- 1.- (un boliviano) por día, concediendo el beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena, en base a los siguientes argumentos:

Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Estafa, se estableció que la imputada logró obtener de las víctimas Adolfo Gonzáles Choque y María Magdalena Velasco Arancibia de Gonzales la suma de $us. 9.000.- (nueve mil 00/100 dólares estadounidenses), por concepto de una supuesta transferencia de inmueble ubicado en el pasaje Viaña zona Villa Esperanza, de manera posterior se benefició con la suma de $us. 2.500.- (dos mil quinientos 00/100 dólares estadounidenses), debido a que se levantó el gravamen y se pagó a la anticresista que vivía en ese inmueble y el hecho de haber presentado una demanda ordinaria por la vía civil es desconocer ese beneficio y al haber consumado el hecho con el lanzamiento de las víctimas se ha perfeccionado el delito, en su parte subjetiva que es el engaño en sus dos vertientes, en la subjetiva y objetiva