Con relación a esta primera parte del agravio, el recurrente cita en términos claros la
Con relación a esta primera parte del agravio, el recurrente cita en términos claros la posible contradicción entre el Auto de Vista impugnado, respecto a la carencia de fundamentación y motivación del primer agravio denunciado, referente a que la Sentencia se basó en hechos no acreditados y valoración defectuosa de la prueba; sin embargo, el Tribunal de alzada hubiera otorgado una respuesta respecto a hechos inexistentes, situación no denunciado por el apelante, citando a tal efecto los Autos Supremos “52/2012” y 192/2016-RRC de 14 de marzo, por lo que dio cumplimiento a lo previsto por los arts. 416 y 417 del CPP, resultando admisible esta primera parte del motivo
- Por memorial presentado el 14 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- El recurrente haciendo referencia al agravio sufrido por el Auto de Vista, ampara su recurso
- Con relación a esta primera parte del agravio, el recurrente cita en términos claros la
- Respecto a la segunda parte del motivo, referente a que en apelación restringida hubiese reclamado
- Sobre el particular, por los argumentos vertidos en esta parte del agravio el recurrente hace
- Asimismo, se deja constancia que no serán tomados en cuenta los Autos Supremos 73/2004 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
