De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado dentro del plazo de los cinco días hábiles; habida cuenta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 5 de febrero de 2018, presentando su recurso el 14 del mismo mes y año; cumpliendo de esta manera, con lo preceptuado por el art. 417 del CPP relativo al plazo; toda vez, que fueron declarados feriados nacionales el 12 y 13 de febrero, correspondiendo por lo tanto, verificar el cumplimiento de los demás requisitos
- Por memorial presentado el 14 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- El recurrente haciendo referencia al agravio sufrido por el Auto de Vista, ampara su recurso
- Con relación a esta primera parte del agravio, el recurrente cita en términos claros la
- Respecto a la segunda parte del motivo, referente a que en apelación restringida hubiese reclamado
- Sobre el particular, por los argumentos vertidos en esta parte del agravio el recurrente hace
- Asimismo, se deja constancia que no serán tomados en cuenta los Autos Supremos 73/2004 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
