Auto Supremo AS/0478/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

Si bien el desarrollo de la problemática relaciona al Auto de Vista 65, con el


Con relación al primer motivo identificado, sobre el alcance otorgado por el Auto de Vista impugnado al art. 519 del CC, en referencia a la participación de la acusada en la Escritura Pública 393/2006 de 5 de abril, norma utilizada para excluir la responsabilidad de la prenombrada, pero no para acreditar el pago o desembolso efectuado por AGROBOLIVIA Ltda. a favor de Ricardo Wazilewski, como se desprendería de la Cláusula Tercera de tal documento; asimismo, el Tribunal de apelación pretendería poner en duda el contenido del contrato desconociendo el pago realizado, al exigir constancias, como auditorias, que nunca fueron medios de prueba.

Si bien el desarrollo de la problemática relaciona al Auto de Vista 65, con el entendimiento otorgado a una norma del Derecho Civil, y ello fuera en consideración de la parte recurrente materia de casación, no es menos cierto que ésta temática no resulta acompañada de los demás requisitos que abren la competencia del Tribunal de casación, esto es, el señalamiento de una situación de hecho similar que se repute contradictoria a la decisión que se impugna, a través de la invocación de un precedente contradictorio, en el orden de los arts. 416 y ss. del CPP, por lo que siendo ausente este requisito, y no habiendo materia para la labor unificadora propia al recurso de casación, este motivo resulta inadmisible