Auto Supremo AS/0482/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0482/2018

Fecha: 13-Jun-2018

La Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia en el Capítulo segundo señala los principios, valores

¨II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa….¨.
A la Luz del artículo 180 de la Constitución, ¨La Jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el Juez¨.
La Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia en el Capítulo segundo señala los principios, valores y fines que rigen a la sociedad y por ende al sistema de justicia en particular al ordinario, de modo que el operador de justicia así como los justiciables en el desarrollo del proceso y en la vida diaria deben sostener relaciones sociales, económicas, jurídicas y políticas en el marco de la honestidad, la ética y la verdad. De acuerdo al principio ético-moral (qhapaj- ñan) que significa camino o vida noble, camino correcto, los sujetos procesales deben ejercer sus derechos por la senda de las leyes, principios y valores