Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0493/2018
Fecha: 13-Jun-2018
Distrito: Chuquisaca
Distrito: Chuquisaca
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Proceso: Anulabilidad de contrato
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Distrito: Chuquisaca
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VISTOS: El recurso de casación de fs
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CONSIDERANDO I
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Decisorio de primera instancia que al ser apelado por la demandante, mereció la emisión del
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Consideró que conforme el art
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CONSIDERANDO II
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Expuso que a efecto de demostrar que el fallo de Tribunal de alzada es citra
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Refiere que la controversia no se refiere al fondo de la pretensión demandada sino a
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Refirió que la Juez señaló audiencia para el 14 de marzo de 2017 a la
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En audiencia de 7 de octubre de 2016 se conminó a la actora participar personalmente
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Por lo que solicitó se declare improcedente el recurso, condenando costas y costos a las
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El doctrinario Carlos Morales Guillen en su comentario al art
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En el proceso de anulabilidad de contrato la parte demandada luego de ser citada, opuso
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Instalada la audiencia preliminar el 14 de marzo de 2017, consta en acta de audiencia
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Posteriormente se planteó recurso de apelación en el que se efectuó recuento a los antecedentes
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De las acusaciones contenidas en el recurso de casación
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En el recurso de casación se describió la infracción a los arts
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De la revisión del memorial de apelación de fs
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Asimismo, consta que en el memorial de apelación no se hizo referencia a la conminatoria
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No se evidencia un fallo extra petita, intra o citra petita, pues la declaración de
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Tampoco concurre vulneración del debido proceso por haberse infringido las reglas de congruencia, pertinencia y
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Sobre la respuesta del recurso de casación
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En cuanto a la contestación a la demanda hace referencia a considerar que la recurrente
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Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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