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    Auto Supremo AS/0541/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0541/2018

    Fecha: 27-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Roxana Maribel Flores Delgado c/ Vocales de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental
    • Expediente: LP-78-18-Com
    • VISTOS: El recurso de compulsa de fs
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • Concluyó señalando que su recurso de casación cumple con todas las formalidades necesarias para ser
    • CONSIDERANDO III
    • Con base en lo expuesto ante el vacío normativo, corresponde de manera supletoria la aplicación
    • Dentro de ese contexto, la competencia del Tribunal que conoce la compulsa, ha de circunscribirse
    • III
    • Sobre el tema el art
    • Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
    • Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
    • Conforme al entendimiento expuesto en el punto anterior concatenado a los otros puntos, se advierte
    • Ahora en el segundo caso, es decir, en los casos expresamente establecidos por ley, corresponde
    • Refrendado el criterio expuesto se puede citar el AS 1012/2016 que sobre el tema señala:
    • Sin embargo de lo examinado supra, el Tribunal de Alzada concedió el recurso de casación
    • De donde se infiere, que el Tribunal de Alzada, al haber concedido el recurso de
    • En consecuencia, se concluye que el Tribunal de Alzada al haber concedido el recurso de
    • CONSIDERANDO IV
    • En el marco de lo glosado en el punto III
    • También corresponde señalar, que si bien el Reglamento a la Ley Nº 548, CNNA, aprobado
    • En lo que concierne a la viabilidad del recurso de casación, es menester tener presente
    • En consecuencia, se concluye que el Tribunal de Alzada al haber rechazado el recurso de
    • De conformidad al art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.

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