Auto Supremo AS/0541/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2018

Fecha: 27-Jun-2018

También corresponde señalar, que si bien el Reglamento a la Ley Nº 548, CNNA, aprobado

También corresponde señalar, que si bien el Reglamento a la Ley Nº 548, CNNA, aprobado con DS 2377 permite aplicar supletoriamente el Código Procesal Civil en determinados casos, ello no significa que deba concederse el recurso de casación, sino que el análisis de la procedencia de dicho recurso extraordinario debe pasar por la reglas establecidas en la citada normativa y en el análisis de permisibilidad expuesta en el punto III.1 y los supuestos hipotéticos expresado en el acápite III.3, la viabilidad del recurso de casación