Auto Supremo AS/0566/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2018

Fecha: 28-Jun-2018

CONSIDERANDO III

CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. Sobre el carácter público del Derecho de Familia y la Comunidad de bienes gananciales
En el Auto Supremo No 80/2014, de 18 de marzo de 2014 se orientó respecto a la comunidad de gananciales estableciendo: “El art. 101 del Código de Familia regula la constitución de la comunidad de gananciales estableciendo lo siguiente: “El matrimonio constituye entre los cónyuges desde el momento de su celebración, una comunidad de gananciales que hace partibles por igual a tiempo de disolverse, las ganancias o beneficios obtenidos durante su vigencia, salvo separación judicial de bienes en los casos expresamente permitidos