Regístrese, comuníquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA en parte el Auto de Vista de fecha 23 de marzo de 2017 cursante a fs. 99 a 100; emitido por Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y resolviendo en el fondo, declara PROBADA la demanda de acción reivindicatoria, cursante de fs. 17 a 18 vta.; en consecuencia se dispone que los demandados hagan entrega del bien inmueble ubicado en la Unidad Vecinal No. 112, Manzana Nº 33, Lote Nº 2 Zona Sud-Este de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra con una superficie de 448.03 m2, sea en el plazo de 30 días de una vez ejecutoriada la sentencia; manteniéndose incólume el resto de la resolución, sin costas y costos.
Sin responsabilidad por ser excusable
Regístrese, comuníquese y devuélvase
Sin responsabilidad por ser excusable
Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Partes: Lauren Weber Lobo Representada legalmente por José Alfredo Noya Lambertin y Franco Poveda Noya
- Distrito: Santa Cruz
- El Juez de 1º de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de
- CONSIDERANDO II
- 2
- Por lo expuesto solicita se case el auto de vista recurrido
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia, la SC 0816/2010-R
- De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
- III.2. Sobre la acción reivindicatoria
- En el Auto Supremo Nº 60/2014 de 11 de marzo de 2014, se razonó: “El
- III.3. De la Valoración de la Prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el particular cabe señalar que la recurrente no precisa de forma específica que normas
- Al respecto, es necesario determinar los fundamentos que hacen a la pretensión de la actora,
- De todos los medios de prueba anotados y tomando en cuenta que la demandante plantea
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
